Ayer, 29 de Marzo, a las 23:40 se publicó el Real Decreto que fija cuáles son las actividades y sectores esenciales y al mismo tiempo, regula el permiso retribuido para los trabajadores que deben quedarse en casa por pertenecer a actividades y sectores NO esenciales.

El sector primario, como productor de alimentos que es, así como el resto de agentes que conforman la cadena alimentaria son considerados esenciales y por lo tanto, tanto los propios productores como sus empleados, si los tuviera, así como las personas de los servicios y actividades indispensables para que los productores puedan seguir correctamente con su actividad son considerados, igualmente, esenciales.

Por tanto, ante las dudas planteadas durante estos últimos días, debemos informar (salvo que en próximos días se concrete en sentido contrario) que los baserritarras NO necesitan de ningún documento acreditativo para sus movimientos, ahora bien, sería aconsejable llevar encima algún documento como la tarjeta verde, libro de explotación, copia del pago de la Seguridad Social Agraria, etc. ; que los empleados de las explotaciones deberán ir con un documento redactado y firmado  por el titular de la explotación (utilizar el modelo acordado entre los departamentos de Seguridad y Desarrollo Económico del Gobierno Vasco) y finalmente, que todo el personal de servicios auxiliares como servicios veterinarios, esquileo, etc. así como de servicios de gestión de residuos (purin) y de subproductos que sean necesarios para que los productores agrarios puedan seguir con su actividad esencial pueden trabajar y desplazarse para efectuar su tarea.

Adjuntamos el texto íntegro de la Nota Informativa publicada por el Ministerio de Agricultura donde aclara los pormenores del Real Decreto Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo publicado ayer.